Conocimiento de embarque multimodal Forwarder Bill of Lading (FBL)

Para qué sirve el FBL

El conocimiento de embarque multimodal, comúnmente conocido por sus siglas en inglés FBL (Forwarder Bill of Lading), sirve como contrato de transporte marítimo y comprobante fehaciente de que las mercancías se han transportado con la utilización de más de un transporte principal amparadas bajo un solo documento de transporte. También determina la responsabilidad del agente transitario (Operador de Transporte Multimodal - OTM) Cuando se emite “a la orden”, constituye un título de propiedad de la mercancía por lo que puede ser negociado.

Quién elabora el FBL

Únicamente agentes transitarios autorizados integrados dentro de FIATA (Federación Internacional de Agentes Transitarios Asociados) como Operadores de Transporte Multimodal (OTM). La organización española miembro de FIATA es FETEIA (Federación Española de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados).

A quién va destinado el FBL

Al exportador, al Operador de Transporte Multimodal en destino, y al importador.

Consejos prácticos

Este documento se emite en tres originales y varias copias no negociables. Los originales confieren el título de propiedad de la mercancía a quien los posee si se ha realizados en la modalidad “a la orden”; de hecho con un solo original es posible la transmisión de esta propiedad, por lo que se recomienda tener localizado el juego completo de originales para cualquier operativa.

Sus copia no son negociables por lo que en caso de que el comprador precise que se le informe anticipadamente de los detalles del embarque es aconsejable remitir éstas y evitar el envío de los originales.

A diferencia de otros documentos de transporte, este documento no identifica a ningún tipo de transporte como principal, por lo que la responsabilidad recae directamente sobre el agente transitario que actúa como porteador desde su recogida y hasta la entrega de la mercancía, incluida la intervención de cualquier tercero. El agente transitario se identifica como Operador de Transporte Multimodal (OTM), de forma que se precisa estar autorizado por FIATA para realizar este tipo de operaciones.

En el transporte marítimo se utiliza únicamente para contenedores completos (FCL), por lo que su uso no se permite para transportes en régimen de consolidación o grupaje.

Este documento puede estar condicionado por operativas bancarias como son los créditos documentarios, que determinan la información que debe incluir, así como delimitan fechas aceptables y leyendas específicas para su emisión. Debido a que su emisión es ajena al exportador, éste debe transmitir con detalle al operador de transporte multimodal todos los datos que debe contener el documento, así como revisar sobre la copia inicial que le transmite el cumplimiento de lo solicitado y en su defecto solicitar modificación anterior a su emisión, pues una vez emitido, las modificaciones pueden suponer costes adicionales.

Un documento muy similar a éste es el conocimiento de embarque multimodal no Negociable (FWB Non-negociable multimodal transport waybill) cuya principal diferencia es que no se puede emitir a la orden y, por tanto, no es negociable. Su aplicación es limitada ya que implica una gran confianza entre las partes (exportador o importador) o bien cuando se trata de dos empresas que forman parte del mismo grupo multinacional. Tampoco se utiliza cuando la forma de pago es el crédito documentario ya que al no ser negociable, limita su empleo como garantía de la operación.

Obligación documental según el Incoterm convenido

El exportador debe solicitar este documento cuando considere necesario utilizar más de una transporte principal amparado en un solo documento de transporte (multimodal) para que la mercancía llegue a su destino, a partir del Incoterm CPT y hasta DDP. Se excluyen los Incoterms de uso exclusivo en la vía marítima: CFR y CIF, y el EXW, FCA, FAS y FOB, en los que es el importador el que tiene que contratar el transporte, por lo será quien tramite su solicitud al agente transitario (OTM) para la realización del envío en transporte multimodal.

Ver documento FBL

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