El término CIF ha muerto; ¡viva! el DAP (Point)

Nuevamente como consecuencia de la evolución del comercio exterior en el Siglo XXI y con ello la exigencia de ofrecer un mayor servicio por parte de las empresas vendedoras. Los términos de venta CFR o CIF han quedado "obsoletos", por ello propongo el término DAP (Point).

Cuando publiqué en febrero de este año un artículo en relación a esta propuesta, algunos profesionales desde Chile no entendieron la diferencia entre la entrega en un punto y la entrega en un lugar, tal como queda reflejado en la norma DAP publicada por la CCI. Creando un "falso" debate en favor del CIF, confundiendo el término DAP (Point relativa a la entrega en un punto) con el DAP (Place en el que la entrega se produce en un lugar).

O para ser más exactos, esa confusión viene de un uso parcial del término DAP ya que aplican este Incoterms solo en relación a la entrega en un lugar, sin haber analizado que la misma se puede producir también en un punto.

Por lo que este artículo va dirigido especialmente a esos profesionales que no han descubierto aún (desde septiembre de 2010, fecha en la que su publica los Incoterms 2010 en uso desde enero de 2011) que el término DAP tiene dos acepciones diferentes.

¿De dónde procede el término DAP?

Para entender la propuesta que se plantea en este artículo es importante conocer de dónde procede el Incoterms DAP.

El término DAP aparece por primera vez en la versión Incoterms 2010 sustituyendo a varios términos de la versión 2000. En concreto a los Incoterms:

  • DAF (Delivered At Frontier), entregado en frontera. Término polivalente.

  • DDU (Delivered Duty Unpaid), entregado derechos no pagados. Término polivalente.

  • DES (Delivered Ex Ship), entregado en el buque sin descargar. Término marítimo.

DDU versus DAP

El comportamiento de estos dos términos de entrega son muy similares, cuando la entrega se produce en el interior del país de destino. El vendedor cumple con la entrega cuando entrega la mercancía en el medio de transporte de llegada, preparada para la descarga (no descargada) en el lugar de destino convenido. Ese lugar de destino convenido es en el interior del país de destino.

Al absorber el DAP el término DDU, el vendedor debe especificar el lugar de entrega acordado. Ejemplo: DAP Avda. Las Américas 115, Perú (Lima). Incoterms 2020.

DDU = DAP (Place)

DES versus DAP

El comportamiento de estos dos términos de entrega son muy similares, cuando la entrega se produce en el medio de transporte principal buque.

En el término DES el vendedor cumple con la entrega cuando entrega la mercancía en el buque en el puerto de destino convenido, sin descargar. La descarga al puerto es por cuenta y riesgo del comprador. El Incoterms DES es exclusivo para la vía marítima.

En el término DAP, la entrega se produce en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga. Nuevamente la descarga es por cuenta y riesgo del comprador. El Incoterms DAP es polivalente por lo que puede ser utilizado en cualquier medio de transporte.

Al absorber el DAP el término DES, el vendedor debe especificar el puerto, aeropuerto o punto de entrega acordado. Ejemplo DAP Jeddah Port o DAP Madrid Airport.

DES = DAP (Point) en transporte marítimo

Incoterms 2010

Cuando la Cámara de Comercio Internacional publicó la regla DAP en la versión 2010 indicó, para diferenciar el DAP que sustituyó al DES, como point. Y al DAP que sustituyó al DDU, como place. Por eso es tan importante que el vendedor especifique con exactitud y precisión el punto o lugar de entrega.

Es una mala práctica que puede conllevar a un mal entendido en la entrega y generar conflictos entre vendedor y comprador, indicar exclusivamente la localidad sin especificar si la entrega es en un punto o es en un lugar. Ejemplo DAP Hamburgo. En ese supuesto no se habrá precisado si la entrega es en el puerto de Hamburgo o en una dirección en el interior de Hamburgo.

DAP Hamburgo No es correcto

DAP Hamburgo Port Incoterms (indicar versión) Si es correcto

DAP 190 AlteLandstrabe, Hamburgo Incoterms (indicar versión) Si es correcto

Precisiones de la entrega en el término DAP (Point)

El vendedor cumple con la entrega y como consecuencia de ello se produce la transmisión del riesgo del vendedor al comprador, cuando entrega la mercancía en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga. Siendo la descarga por cuenta y riesgo del comprador.

Cuando el medio de transporte de llegada es el transporte principal, la entrega se produce en el buque, avión, camión o tren (o en globo estático si hubiera sido transportada la mercancía por este medio). De esta forma, la entrega se produce en un punto en concreto. Volvemos al ejemplo anterior, DAP Callao Port. Siendo por cuenta y riesgo del comprador la descarga al puerto de Callao. Exactamente igual que en el uso del término DES.

DES Callao Port = DAP Callao Port

En este supuesto el vendedor no solo contrata el transporte principal hasta el puerto de Callao, sino que también asume el riesgo de la mercancía durante el transporte hasta el puerto de llegada.

CFR / CIF Callao Port versus DAP Callao Port

En el término DAP el riesgo del transporte principal es por cuenta del vendedor, siendo él quien tome la decisión de si contrata, o no, un seguro. En el supuesto de que no lo contrate, el precio de venta en término CFR Callao Port es el mismo que el precio de venta en el término DAP Callao Port. Ya que el vendedor soporta los mismos costes de la cadena logística en un caso que en otro.

Si contrata un seguro sobre la mercancía, el tomador y asegurado coincidirán en el vendedor, en el supuesto del término DAP Callao Port. Equiparándose en el precio de venta al término CIF Callao Port.

La diferencia existente entre un CFR o CIF Callao Port y DAP Callao Port, no asegurando o asegurando la mercancía el vendedor, está en la transferencia de riesgos. En el CFR o CIF la entrega se produce cargada en el buque en el puerto de origen (Incoterms 2010 y 2020). Siendo el riesgo del transporte principal por cuenta del comprador.

En DAP (Point) la entrega se produce en el medio de transporte principal en destino, sin descargar. Siendo el riesgo del transporte principal por cuenta del vendedor.

Resumen

El comprador no contrata el flete en condiciones CFR y CIF y no contrata el seguro en condiciones CIF. Pero si soporta el riesgo de la mercancía durante el transporte principal. Parece más lógico que si es el vendedor quién negocia y contrata el flete y el seguro, que sea él quién soporte el riesgo. Y en el supuesto de una avería de la mercancía, sea el vendedor el que gestione el seguro como asegurado.

En el término DAP (Point) el comprador no contrata el transporte principal ni el seguro, pero tampoco es quién soporta el riesgo de transporte. Y en el caso de una avería de la mercancía durante el transporte, el comprador no tendrá que realizar la reclamación a la compañía de seguro. Ya que él no es el asegurado al no ser él quién tiene el riesgo del transporte.

CFR/CIF

La entrega de la mercancías, trasferencia de riesgos, se produce mercancía cargada en el buque en el puerto de origen. Siendo el responsable de la mercancía durante el transporte principal el comprador. En las mismas condiciones que en el término FOB.

DAP (Point)

La entrega de la mercancía, trasferencia de riesgos, se produce en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga. Siendo el responsable de la mercancía durante el transporte principal el vendedor.

Conclusión

No compres CIF, compra DAP (Point). Mismo precio, menos riesgo.

Importador, si compras CIF el riesgo del transporte hasta el puerto de destino es del comprador. El seguro que contrata el exportador debe ser en favor del importador.

Importador, si compras DAP (Point) el riesgo del transporte hasta el puerto de destino es del vendedor. El seguro que contrata el exportador debe ser en favor del exportador.

El precio de venta en CIF es = al precio de venta en DAP (Point)El riesgo de compra en DAP (Point) es menor que el riesgo de compra en CIF.

Autor: Alberto Rino

 

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